PLANEACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En la XII Asamblea General de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social, celebrada en Santo Domingo, República Dominicana, del 17 al 21 de marzo de 1980, habiendo conocido el documento relativo al tema y tomando en cuenta las aportaciones y comentarios expresados durante el desarrollo del evento, se adoptan las siguientes resoluciones:
Considerando:
Que las instituciones de seguridad social de los países en vías de desarrollo están comprometidas a desempeñar un relevante papel en las decisiones políticas del más alto nivel;
Que las instituciones de seguridad social, por otra parte, depositarias de la protección al trabajador contra los riesgos de la existencia, no pueden ni deben ignorar los reclamos sociales, por lo que su experiencia y sistemas deben estar al servicio del bienestar y de los intereses de los pueblos, ya que en caso contrario se afronta el peligro de mantener esquemas caducos, y acentuar el tratamiento privilegiado de quienes, por tener una relación formal de trabajo, acceden a sistemas de protección que se niegan al resto de la sociedad;
Que amparar a la totalidad de la población a través de diversos programas de seguridad social es una tarea que habrá de cumplirse inexorablemente en nuestros países, no sólo por las tendencias históricas, sino por un imperativo de justicia social, las instituciones de seguridad social deben prepararse, desde ahora, para transformarse en instrumentos esenciales que apoyen las decisiones políticas en favor de las mayorías,
Acuerda:
1º. Desarrollar sistemas de planificación integrales que vinculen los diversos aspectos de las instituciones de seguridad social y que permitan definir los programas que se adapten mejor a los grupos contribuyentes y no contribuyentes, con el objeto de lograr la universalización de las prestaciones y servicios económicos y en especie, dentro de las políticas económicas y sociales de los países en desarrollo.
2º. Que los grupos de planificación se integren de manera multidisciplinaria a fin de que los análisis y las proposiciones de solución de los problemas reconozcan principios y bases técnicas apropiados.
3º. Los procedimientos de planificación que se determinen deberán propiciar un marco de referencia que sirva a los dirigentes de las instituciones para ubicar mejor los objetivos de la seguridad social, medir con mayor precisión sus alcances y diseñar políticas más confiables de cumplimiento.
4º. Con objeto de unificar la terminología de las tareas de planificación, se recomienda elaborar un glosario que defina con precisión el significado de los términos.
5º. Los métodos cuantitativos y los modelos que se emplean en las tareas de planificación deberán perfeccionarse, con el objeto de dar mayor precisión a los programas propuestos.
6º. Como esquema básico que oriente las tareas de planificación, se recomienda el análisis de las causas que han impedido el cumplimiento de los propósitos de la seguridad social y la comparación sistemática entre los objetivos y la disponibilidad real de recursos para su cumplimiento.
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