Normatividad

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La Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS), al tratarse de un Organismo Internacional, no se encuentra sujeta a las normas de transparencia y rendición de cuentas que aplican a los entes públicos del país sede, en este caso, México.

Es facultad de los propios órganos estatutarios de la CISS, establecer el marco normativo para regular sus procesos, incluyendo el financiero-presupuestario (elaboración de presupuesto, ejecución del gasto, transparencia y rendición de cuentas). Dicho marco normativo (financiero-presupuestario) no había sido actualizado para alinearse a las mejores prácticas internacionales.

En este contexto y en apego al Estatuto de la CISS, a partir de abril de 2021 se inició una labor de revisión y actualización del marco jurídico referente a los citados procesos, que contemplan sanciones y medidas resarcitorias en casos de incumplimiento.

Estatuto

Reglamentos

Nota: en relación con las diversas disposiciones de los Reglamentos que se encuentran suspendidas por contravenir el Estatuto de la Conferencia, en nota a pie de página dentro de cada instrumento, se señala la disposición actualmente aplicable.

A través de estos últimos tres instrumentos se establecen, entre otros, los siguientes elementos para el funcionamiento de nuestro organismo:

  • Política de austeridad, racionalidad y disciplina en el ejercicio del gasto.
  • Mecanismo transparente y sujeto a concurso, para adquisición de bienes, contratación de obras y servicios.
  • Integración y funcionamiento de un Comité de Compras para adquisiciones, contrataciones y obras por montos relevantes.
  • Mecanismos sancionatorios y resarcitorios ante gastos no permitidos o falta de justificación de éstos.
  • Procesos de entrega-recepción para puestos directivos.
  • Prohibición para poseer tarjetas de crédito personales para funcionarios de la Conferencia.
  • Declaraciones patrimoniales voluntarias y nómina transparente.
  • Limitaciones a los gastos por viáticos de funcionarios de la Conferencia.
  • Limitaciones a la erogación de gastos de representación por funcionarios de la Conferencia.
  • Regularización de los niveles salariales y beneficios del personal de la Conferencia.

Acuerdos

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