SEGURO DE DESEMPLEO Y SERVICIO DE EMPLEO

 

La Conferencia, considerando:

La imposibilidad de realizar en determinadas circunstancias la ocupación plena, objetivo fundamental de la política de seguridad social en las Américas, según la Declaración de Santiago de Chile.

 

Acuerda:

Reiterar la recomendación de la Segunda Reunión de la Conferencia acerca de la organización de un servicio nacional de empleo y de los principios generales de un seguro de desempleo para los países americanos y solicitar a los países americanos que tengan establecido el seguro de desempleo, que en una próxima reunión de la Conferencia comuniquen los resultados y experiencia de dicho seguro a los otros países miembros de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social.




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