DECLARACIÓN DE SANTIAGO DE CHILE 

 

Considerando:

1º. Que la libertad y dignidad son atributos esenciales e inalienables de la personalidad humana; 

2º. Que para gozar plenamente de las libertades fundamentales de pensamiento, expresión y actividad, todo hombre y mujer debe estar biológica y económicamente protegido frente a los riesgos sociales y profesionales, en función de una solidaridad organizada;

 3º. Que la aspiración común de las naciones americanas es el mejoramiento constante del bienestar espiritual y material de los individuos y familias,  

 

Declara:

I. SEGURIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA 

a) La Sociedad debe encontrar en el esfuerzo solidario de todas las naciones y de todos los hombres una nueva inspiración para abolir la miseria y garantizar la conquista digna y suficiente de los medios de vida;

b) El poder de los recursos económicos y técnicos, debe aprovecharse en la satisfacción de las necesidades de existencia del mayor número de personas y de todos los pueblos;

c) El objeto económico no basta por sí solo para consolidar una abierta y generosa cooperación si no se identifica con el de un orden social justo, en el que se distribuyan equitativamente los rendimientos de la producción; 

d) Cada país debe crear, mantener y acrecentar el valor intelectual, moral y físico de sus generaciones activas, preparar el camino a las generaciones venideras y sostener a las generaciones eliminadas de la vida productiva. Este es el sentido de la seguridad social: una economía auténtica y racional de los recursos y valores humanos;

e) El otorgamiento de estas garantías básicas estimula el esfuerzo y la iniciativa individuales y mejora la estructura de la colectividad por la eliminación de las causas de inseguridad social. 

 

II. SEGURO SOCIAL 

El seguro social, como expresión de la seguridad social, está llamado a:

a) Organizar la prevención de los riesgos cuya realización priva al trabajador de su capacidad de ganancia y de sus medios de subsistencia; 

b) Restablecer, lo más rápido y completamente posible, la capacidad de ganancia perdida o reducida como consecuencia de enfermedad o accidente; 

c) Procurar los medios de existencia necesarios en caso de cesación o interrupción de la actividad profesional como consecuencia de enfermedad o accidente, de invalidez temporal o permanente, de cesantía, de vejez o de muerte prematura del jefe de la familia. 

 

III. UN PROGRAMA CONTINENTAL

a) Una política de seguridad social de América deberá promover las medidas destinadas a aumentar las posibilidades de empleo y mantenerlo a un alto nivel, a incrementar la producción y las rentas nacionales distribuirlas equitativamente, y a mejorar la salud, alimentación, vestuario, vivienda y educación general y profesional de los trabajadores y sus familias:

b) La salud, la capacidad y el bienestar de los trabajadores de una nación americana, interesan también a las demás naciones americanas, por lo que se impone una acción concertada de los organismos de seguridad social en  resguardo del capital humano, garantía de la integridad y defensa continental; 

c) Esta acción involucra la necesidad de constituir entre las Naciones de América un acervo común de los elementos necesarios para la continuidad de su acción social, para el mantenimiento de su unidad y para hacer frente en ese orden a toda clase de eventualidades; 

d) Un acuerdo continental de los organismos de seguridad social establecerá nuevos vínculos de solidaridad en la solución de los problemas que afectan  más profundamente el destino y la conciencia de los pueblos y reforzará la fe en el futuro de América. 

 

IV. UNA ASPIRACIÓN MUNDIAL 

Las decisiones de América en orden a la nueva estructura de la seguridad  social, constituyen un aporte a la solidaridad del mundo en la conquista del Bienestar de los pueblos y al logro y mantenimiento de la paz. 

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