Los antecedentes del Comité Permanente (CP) se remontan a la reunión de la Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS), celebrada en septiembre de 1942, en Santiago de Chile, en donde, entre otras cuestiones, se resolvió la adopción de los “Estatutos de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social”. Así, el artículo 3o de los Estatutos establecía al Comité Permanente con la misión de:
- Hacer cumplir las resoluciones y deseos formulados en la Conferencia;
- Preparar los trabajos de las sesiones de la Conferencia y establecer el orden del día de dichas sesiones;
- Contribuir de cualquiera otra manera a los fines de la Conferencia.
Debe mencionarse que, sin ser parte del Comité, participan en sus sesiones la o el Secretario General de la Conferencia, la o el Contralor y la o el Director del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS), todas personas con derecho a voz, pero sin voto.
El funcionamiento del CP está regulado por el Estatuto de la CISS (artículos 14-17), y por el Reglamento del Comité Permanente.
De conformidad con dichas disposiciones, entre las funciones del Comité Permanente se encuentran:
- Desarrollar las normas y procedimientos necesarios para el cumplimiento de las decisiones de la Asamblea General.
- Promover y coordinar las actividades de las Comisiones Americanas de Seguridad Social (CASS)y de las Subregiones.
- Mantener las relaciones de la CISS con sus miembros, organismos internacionales, instituciones y organizaciones afines a la seguridad social.
- Autorizar la celebración de convenios con organismos internacionales, instituciones y con organizaciones afines a la seguridad social y vigilar su cumplimiento.
- Supervisar el cumplimiento de los programas anuales de los órganos de la CISS.
- Decidir la afiliación y desafiliación provisional de miembros, informando a la Asamblea General en su próxima sesión.
- Someter a la Asamblea General modificaciones al Estatuto de la CISS y los reglamentos de sus órganos, acompañando los dictámenes correspondientes.
- Aprobar y reformar total o parcialmente los reglamentos de los órganos de la CISS.
- Aprobar anualmente el presupuesto para cada órgano, y sus modificaciones, así como el balance y cuenta de ingresos y egresos de la CISS.
Actualmente, el Comité Permanente está integrado de la siguiente manera:
- Presidencia: Zoé Robledo Aburto del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Secretaría General: José Pedro Kumamoto Aguilar del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Director del CIESS: Emanuel de Araujo Dantas del Ministério da Previdência Social de Brasil
- Contraloría: Nicolás Starck Aguilera de la Corporación CIEDESS de Chile.
- Vicepresidencia 1: David A. Matthias del Social Security Board de Antigua y Barbuda.
- Vicepresidencia 2: Benedito Adalberto Brunca, do Ministério da Previdência Social do Brasil.
- Vicepresidencia 3: Segundo Cecilio Acho Mego del Seguro Social de Salud de Perú.
- Representación Subregión I. Andina: Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez del Seguro Social de Salud-EsSalud Perú.
- Representación Subregión II. Centroamérica: Mario David Cerón Donis del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
- Representación Subregión III. Cono Sur: Andrea Rufato Velasco del Ministério da Previdência Social de Brasil.
- Representación Subregión IV. Norteamérica y Caribe Anglo: Maglan Lewis Webster del Social Security Board de Anguila./li>
- Representación V: México y Caribe Latino: Lixgiana Álvarez Rodríguez del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de Cuba.
- Representación de las membresías asociadas: Elías Baéz de los Santos, Director General de la Dirección de Información y Defensa de los Afi liados de República Dominicana.