Comité Permanente

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El Comité es el órgano de gobierno y ejecución de la CISS, responsable del cumplimiento de los programas y decisiones de la Asamblea General.

Los antecedentes del Comité Permanente (CP) se remontan a la reunión de la Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS), celebrada en septiembre de 1942, en Santiago de Chile, en donde, entre otras cuestiones, se resolvió la adopción de los “Estatutos de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social”. Así, el artículo 3o de los Estatutos establecía al Comité Permanente con la misión de:

  1. Hacer cumplir las resoluciones y deseos formulados en la Conferencia;
  2. Preparar los trabajos de las sesiones de la Conferencia y establecer el orden del día de dichas sesiones;
  3. Contribuir de cualquiera otra manera a los fines de la Conferencia.
Se integra por la o el Presidente de la Conferencia, las o los tres Vicepresidentes, las o los Coordinadores de las cinco Subregiones, una persona representante de los miembros asociados y, de ser el caso, una persona representante de los miembros adherentes y vinculados. Se reúne anualmente de manera ordinaria, y extraordinariamente cuando es convocado por la o el Presidente.

Debe mencionarse que, sin ser parte del Comité, participan en sus sesiones la o el Secretario General de la Conferencia, la o el Contralor y la o el Director del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS), todas personas con derecho a voz, pero sin voto.

El funcionamiento del CP está regulado por el Estatuto de la CISS (artículos 14-17), y por el Reglamento del Comité Permanente.

De conformidad con dichas disposiciones, entre las funciones del Comité Permanente se encuentran:

  1. Desarrollar las normas y procedimientos necesarios para el cumplimiento de las decisiones de la Asamblea General.
  2. Promover y coordinar las actividades de las Comisiones Americanas de Seguridad Social (CASS)y de las Subregiones.
  3. Mantener las relaciones de la CISS con sus miembros, organismos internacionales, instituciones y organizaciones afines a la seguridad social.
  4. Autorizar la celebración de convenios con organismos internacionales, instituciones y con organizaciones afines a la seguridad social y vigilar su cumplimiento.
  5. Supervisar el cumplimiento de los programas anuales de los órganos de la CISS.
  6. Decidir la afiliación y desafiliación provisional de miembros, informando a la Asamblea General en su próxima sesión.
  7. Someter a la Asamblea General modificaciones al Estatuto de la CISS y los reglamentos de sus órganos, acompañando los dictámenes correspondientes.
  8. Aprobar y reformar total o parcialmente los reglamentos de los órganos de la CISS.
  9. Aprobar anualmente el presupuesto para cada órgano, y sus modificaciones, así como el balance y cuenta de ingresos y egresos de la CISS.

 

Actualmente, el Comité Permanente está integrado de la siguiente manera:

  • Presidente: Zoé Alejandro Robledo Aburto, Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Vicepresidente 2023: David A. Matthias del Social Security Board de Antigua y Barbuda.
  • Presidente Ejecutivo: César Oswaldo Linares Aguilar.
  • Vicepresidente 2025: Carlos Roberto Lupi del Ministério de Economía de Brasil.
  • Subregión I: Lic. Stefanie Kristell Díaz Quiroz, Jefa de la Oficina de Cooperación Internacional.
  • Subregión II: Mario Cerón Donis del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
  • Subregión III: Cono Sur, Benedito Adalberto Brunca del Ministerio de Economía de Brasil.
  • Subregión IV: Norteamérica y Caribe Anglo, Maglan Lewis del Social Security Board de Anguila.
  • Subregión V: México y Caribe Latino, María Molina Gutiérrez del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de Cuba. Seguridad Social, Cuba.
  • Representante de Miembros Asociados: Carolina Serrata Méndez,
    Titular de la Dirección General de Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social de República Dominicana.
  • Secretario General:  Alvaro Velarca Hernández
  • Contralor: Nicolás Starck Aguilera
  • Director del CIESS: Emilio Alfredo Carrasco González
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