Asamblea General

beneficios1e

La Asamblea General (AG) es el máximo órgano de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social.

Se encuentra integrada por toda la membresía de la CISS:

  • Miembros titulares (31)
  • Miembros asociados (38)
  • Miembros adherentes (6)
  • Miembros vinculados (8)

Solo los miembros titulares tienen derecho a voto. Los otros miembros gozan de voz.

Ordinariamente, la AG sesiona cada tres años; sin embargo, también puede sesionar extraordinariamente por petición de la o el Presidente de la Conferencia, o por al menos 5 integrantes del Comité Permanente.

Sus sesiones pueden celebrarse en cualquiera de los países a los que pertenecen los miembros de la Conferencia, sin importar la categoría de los mismos.

En las sesiones de la Asamblea participan: el Comité Permanente, la o el Secretario General, la o el Contralor, la o el Director del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS), las Juntas Directivas de las Comisiones Americanas de Seguridad Social (CASS) y el CIESS, y los Consejos Ejecutivos de las Subregiones. Pueden asistir también, en calidad de observadores, organismos internacionales, instituciones, organizaciones afines y personalidades invitadas por la o el Presidente de la CISS.

Aunque la o el Presidente de la CISS preside a su vez la sesión de la Asamblea General, la o el Jefe de Gobierno del Estado anfitrión, puede ser invitado a ejercer este cargo de manera honoraria durante la sesión.

Entre las funciones de la Asamblea General se encuentran las siguientes:

  1. Establecer las políticas y normas necesarias para el cumplimiento de las finalidades de la CISS.
  2. Emitir Declaraciones y recomendaciones en materia de seguridad social.
  3. Aprobar los programas de actividades trienales de los órganos de la CISS, incluyendo las proyecciones financieras para los siguientes 3 años.
  4. Aprobar el informe financiero y presupuestal trienal de la CISS.
  5. Elegir a la o el Presidente, a las o los tres Vicepresidentes, a la o el Secretario General, a la o el Contralor de la Conferencia, y a la o el Director del CIESS, de acuerdo a lo establecido en las normas correspondientes.
  6. Decidir sobre las solicitudes de afiliación y desafiliación de los miembros.
  7. Crear, modificar y suprimir las CASS, las Subregiones, las Comisiones Especiales y los Grupos de Trabajo que estime convenientes.
  8. Aprobar la sede y fecha de sus reuniones.
  9. Fijar y revisar las cuotas de aportación de los miembros de la CISS.
  10. Aprobar y reformar total o parcialmente el Estatuto de la CISS.

Es importante mencionar que la constitución y funcionamiento de la Asamblea se rige principalmente por el Estatuto de la Conferencia, y por el Reglamento de la Asamblea General.

Ir al contenido