En cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008, el Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido una nueva circular para fortalecer el reporte de información sobre las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho fundamental a la salud. Esta medida busca garantizar el análisis detallado de cada caso, conforme con las directrices de la Corte Constitucional.
La circular incluye nuevas disposiciones y amplía la obligatoriedad de reporte a más entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-. Además de las Entidades Promotoras de Salud -EPS- de los regímenes Contributivo y Subsidiado, ahora también deberán reportar instituciones como el INPEC, los regímenes de excepción, las IPS, y entidades territoriales, entre otras.
Las entidades deberán remitir información semestralmente a través de la Plataforma PISIS del SISPRO, con plazos definidos para cada periodo. En particular, los datos correspondientes al año 2024 deberán ser entregados entre el 20 de enero y el 20 de febrero de 2025, mientras que los reportes semestrales de 2025 seguirán un cronograma definido.
El incumplimiento en el envío de información o la falta de correcciones solicitadas será informado a la Superintendencia Nacional de Salud, quien tomará las medidas pertinentes. Además, el Ministerio brindará asistencia técnica a las entidades mediante capacitaciones presenciales y soporte continuo para el uso de la plataforma.
El Ministerio subrayó la importancia del cumplimiento del régimen de protección de datos personales. Las entidades serán responsables de garantizar la privacidad y veracidad de la información suministrada, conforme con las leyes vigentes.
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