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¿A quiénes aplica esta obligación?
De acuerdo con la norma, la obligación recae sobre los trabajadores que ganen más de 2,3 salarios mínimos al mes, sin importar el tipo de contrato laboral. Es decir, empleados de empresas con contrato fijo o indefinido, independientes o trabajadores por cuenta propia.
En otras palabras, si su salario mensual supera los $3 millones, usted debe seleccionar una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), un fondo privado de pensiones.
Las opciones disponibles actualmente son Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia, aunque la reforma abre la puerta a más competencia en el mercado de administradoras, como aseguradoras.
¿Por qué es importante tomar esta decisión?
La reforma elimina la competencia entre Colpensiones y los fondos privados, creando un sistema de pilares donde todos los trabajadores aportarán hasta 2,3 salarios mínimo en Colpensiones, mientras que los ingresos que excedan ese monto serán gestionados por los fondos privados.
Si no realiza la selección a tiempo, el Gobierno asignará automáticamente una administradora a cargo de su excedente pensional. No obstante, podrá trasladar esos recursos a otro fondo cada seis meses, según lo establece la nueva normativa.
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El plazo de seis meses para hacer esta selección inició el pasado 16 de julio de 2024, cuando se expidió el decreto que reglamentó la reforma pensional. A la fecha, ya ha transcurrido cinco meses y solo queda un mes para que los trabajadores tomen una decisión informada.
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, hizo un llamado a los cotizantes para que no dejen esta tarea para última hora: “Nos queda solo hasta el 16 de enero de 2025 para tomar esa decisión (...) No queremos poner a la gente a correr, sino que tomen esta decisión importante con calma”.
¿Cómo elegir su fondo privado de pensión?
El proceso de selección es sencillo, rápido y 100% virtual si así lo prefieres. Solo debe contactar a la administradora de tu preferencia (Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia) y realizar la inscripción a través de: líneas telefónicas oficiales, portales digitales o aplicaciones móviles.
La inscripción no toma más de un día y quedará registrado en el sistema el fondo que administrará su excedente pensional.
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¿Qué pasa si no elijo un fondo privado?
Si llega el 16 de enero y no ha tomado una decisión, la norma establece que los recursos de su excedente serán asignados aleatoriamente a través del mecanismo que determine el Gobierno Nacional.
Aunque luego se abrirá una ventana de seis meses para trasladar los aportes a otro fondo, la recomendación es tomar la decisión a tiempo para evitar inconvenientes.
¿Quiénes están exentos de esta obligación?
No todos los cotizantes deben preocuparse por este proceso. Aquellos trabajadores que, al 16 de julio de 2024 (fecha de promulgación de la reforma), ya contaban con al menos: 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres. 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres.
Estas personas seguirán beneficiándose de las reglas del antiguo sistema pensional, regulado por la Ley 100 de 1993, y no les aplicarán los nuevos cambios introducidos en la reforma.
https://www.elcolombiano.com/negocios/reforma-pensional-el-plazo-para-elegir-su-fondo-privado-vence-pronto-si-gana-mas-de-3-millones-de-pesos-LD26079376