La Constitución Nacional establece en el artículo 114: “El Estado podrá crear fondos complementarios con el aporte y participación de las y los trabajadores de las empresas públicas y privadas a fin de mejorar los servicios de seguridad social en materia de jubilaciones. La Ley reglamentará esta materia”.
Las y los trabajadores hemos planteado en el conversatorio que se lleva a cabo en la Presidencia de la República la necesidad de definir una metodología compartida con todos los participantes que ordene y garantice consensos. Sin este conjunto de procedimientos, difícilmente se puede lograr el objetivo. ¿Por qué no aceptar esta valiosa herramienta que establezca y ordene la discusión a desarrollar?
El Consejo Nacional de Trabajadores, por más de dos años, ha venido discutiendo la situación de la Caja de Seguro Social desde un enfoque integral, tanto los aspectos relacionados a la gestión administrativa, como de salud y de las pensiones; para ello conformamos una alianza estratégica con académicos de la Universidad de Panamá. Así, se elaboró de forma amplia y participativa un anteproyecto que reformaba la Ley 51 y se entregó a la Asamblea Nacional en el 2023, donde fue prohijado y no se avanzó. Hoy ese anteproyecto lo hemos depurado, fortalecido y actualizado con importantes aportes de trabajadores en Bocas del Toro, Veraguas, Coclé, Colón, Chiriquí y en la ciudad de Panamá; se fueron agregando algunas observaciones en función de lo anhelado por la población panameña.
La propuesta de Conato es una reforma a la Ley 51 de 2005. Se señala que las reformas legales de naturaleza administrativa están orientadas a darle techo, piso y futuro a la CSS. Para ello, la CSS debe tener una autonomía real. Se han establecido 18 medidas para que la autonomía se dé; estas son:
·El proyecto de presupuesto de la CSS debe ir directamente al Consejo de Gabinete y de allí pasar a la consideración de la Asamblea.
·Prohibir leyes y contratos públicos que exoneren el pago de las cuotas obrero-patronales.
·Reforzar la jurisdicción coactiva para el cobro de todo de lo que se adeuda a la CSS; reducir la morosidad y la evasión en el pago de las cuotas.
·Reforzar el deber de inspección de lugares de trabajo y recaudación de información.
·Redefinir la prohibición de la tercerización, externalización y/o adquisición de servicios que la CSS deba proveerse a sí misma.
·Garantizar la flexibilización de requisitos y la expedita afiliación de trabajadores informales, trabajadoras domésticas e independientes.
·Prohibición de contratar con el gobierno nacional, municipios, instituciones autónomas y semiautónomas a todo el que no presente paz y salvo de la CSS, incluyendo gestiones en el Registro Público.
·Aumentar el fideicomiso que aporta el Estado de $140 millones a no menos el 2% del PIB ($1.700 millones aproximadamente).
·Incrementar la rentabilidad de las inversiones de 4.0 % al 6.0 %.
·Invertir el 50 % de las reservas en megaproyectos del Estado panameño.
·Aumentar las tasas de interés por plazo fijo de bancos estatales a tasas competitivas certificadas.
·Recaudar el 50 % de los nuevos impuestos de 15 % sobre la renta de sedes de empresas multinacionales.
·Aportar el 10 % de todas las concesiones que realice en el futuro el Estado, incluyendo las de telecomunicaciones que utilizan la fibra óptica.
·Indexar de forma periódica las pensiones de acuerdo a la inflación, para que recuperen su poder de compra.
·Extensión a 10 años la duración de las pensiones de viudez.
·Transferencia de fondos líquidos del programa de administración al programa de IVM.
·Retornar a la solidaridad, al sistema exclusivo de beneficio definido, que garantiza una tasa de reemplazo básica del 60 % del salario y se plantea la eliminación de todo el articulado que hace alusión a las cuentas individuales.
·Mantener los demás parámetros actuales: edad de la mujer 57 años; 62 el hombre; cuota del asegurado en 9.75%, cuota del jubilado 6.75%; años de cuotas en 20 años y cantidad de cuotas en 240.
Estas son parte de las propuestas que han sido discutidas por las y los trabajadores y que, haciendo las estimaciones correspondientes para garantizar la sostenibilidad del sistema solidario, sin traumas como las planteadas por la Junta Técnica Actuarial y por el Conep.
La seguridad social es para todas/todos; es un derecho humano reconocido en el artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos desde 1948.
https://www.laestrella.com.pa/opinion/columnistas/la-seguridad-social-un-derecho-humano-MA8640493